¿COMO PLANIFICO MI SUCESION?

El Código Civil y Comercial de la Nación permite a las personas planificar el modo en que se distribuirán sus bienes a sus herederos o terceros, por cualquiera de estas vías:

  • Donación a hijos o cónyuge realizada en vida
  • Testamento con efectos posteriores al fallecimiento
  • Una mezcla de ambos

Tanto para la donación como para el testamento, le ofrecemos el asesoramiento conjunto de un ABOGADO y una ESCRIBANA para que decida la mejor manera de distribuir sus bienes con la certeza de que no habrá modificaciones posteriores al fallecimiento.

VENTAJAS DE PLANIFICAR SU SUCESIÓN

Planificar su sucesión le permite distribuir de la mejor manera sus bienes entre los herederos y además la LIBERTAD de destinar la TERCERA PARTE DE SUS BIENES (1/3) para otras personas (no herederos) o para acrecentar la porción correspodiente a los herederos de su preferencia.

  • Sus herederos no tendrán que iniciar el juicio sucesorio
  • Evita conflictos entre herederos respecto de la distribuición de los bienes
  • Puede disponer que una empresa o emprendimiento económico siga funcionando despues del fallecimiento
  • Libertad de destinar la tercera parte (1/3) de su patrimonio a otras personas (no herederos)